El Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar, Es un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fin de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación. Para tal efecto, coordina, planifica, organiza y ejecuta articuladamente la acción del Estado y promueve la participación ciudadana. Asimismo, coordina con el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente.

Objetivos del Sistema

  1. Implementar un sistema de atención integral, de calidad, articulado y oportuno que permita la detección de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, el cese de las diversas manifestaciones de violencia, brindar a las víctimas protección efectiva y apoyo necesario para hacer posible su recuperación; y sancionar a las personas agresoras e involucrarlas en procesos de reeducación.
  2. Desarrollar acciones orientadas a cambiar los patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; adoptando todas las medidas necesarias para lograr una sociedad igualitaria, garantizando el respeto a la dignidad humana y al derecho a una vida libre de violencia, removiéndose los obstáculos que impiden el ejercicio pleno del derecho a la igualdad.
  3. Hacer seguimiento y monitoreo de las políticas, planes, programas y acciones multisectoriales orientadas a la prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo.
  4. Garantizar el cumplimiento de las políticas públicas y planes nacionales en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la participación de las entidades del Estado, a nivel multisectorial, intergubernamental e interinstitucional.
  5. Promover, coordinar y articular la participación de las diferentes instituciones públicas, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación a fin de garantizar la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

Principios del Sistema

  1. Especialización. – Brindar atención diferenciada y especializada de acuerdo con las necesidades y circunstancias específicas de las mujeres e integrantes del grupo familiar o de riesgo, como es el caso de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con
  2. Intersectorialidad. – Desarrollar acciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma continua, articulando entre las instituciones del Estado y en los tres niveles de gobierno, que conforman el Sistema Nacional para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres e Integrantes del grupo
  3. Participación ciudadana. – Responsabilidad integral de la sociedad civil, incluidos entre otros, el sector empresarial, asociaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, y medios de comunicación, en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo
  4. Principio del interés superior de la niña, el niño y adolescente. – El interés superior de la niña, niño y adolescente es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos.
  5. Principio Territorial. – Principio que considera al territorio como un conjunto socioeconómico integrado por hombres y mujeres, recursos, conocimientos técnicos, El Principio territorial aporta una visión global y nueva de la zona de intervención que sirve de base para definir un plan de acción local adaptado a la situación de territorio. Este proceso busca el desarrollo para su territorio, en forma concertada con las poblaciones y las autoridades, de nivel local, regional y nacional que ejerzan competencia en el territorio.

El Observatorio Nacional

Es un mecanismo de articulación intersectorial del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, que tiene por finalidad elaborar informes, estudios y propuestas en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, priorizando de forma especial la violencia de las personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad: niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, entre otros.

El Observatorio desarrolla un sistema de información permanente que brinda insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

Todas las entidades integrantes del sistema proporcionan información estadística y de las acciones desarrolladas en el ámbito de su competencia para el seguimiento a las políticas públicas y los compromisos internacionales asumidos por el Estado en esta materia.

 Funciones del Observatorio Nacional

  1. Recolectar, registrar, procesar, analizar, publicar y difundir información periódica, sistemática y comparable sobre la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, tomando en consideración los sistemas de información que poseen las entidades integrantes.
  2. Impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la evolución, prevalencia, tipos y modalidades de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, sus consecuencias y efectos, identificando aquellos factores sociales, culturales, económicos y políticos que de alguna manera estén asociados o puedan constituir causa de
  3. Celebrar convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas, nacionales u organismos internacionales, con la finalidad de articular el desarrollo de estudios e
  4. Otras funciones que considere su reglamento.

Los Observatorios Regionales

Artículo 106 del Reglamento de la Ley N° 30364 indica que “Los Observatorios Regionales serán creados por las Instancias Regionales de Concertación en concordancia con los lineamientos elaborados por el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar”.

Los observatorios regionales cumplirán funciones similares al Observatorio Nacional de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en el marco de su ámbito jurisdiccional, generando información y conocimiento específico de su región, provincias y distritos.

Datos

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Red de servicios

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Normatividad


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Repositorio

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